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lunes, 15 de junio de 2009

APOYO DE SOSTENIMIENTO

Tiene como fin ayudar a los aprendices a cubrir gastos básicos, seguro de accidentes, elementos y vestuario de protección personal, durante las fases lectiva y productiva de tu formación.

El monto de dinero asignado al apoyo de sostenimiento para los aprendices esta comprendido de la siguiente manera:
Durante la etapa lectiva será un valor equivalente al 75% del salario mínimo mensual legal vigente y durante la etapa practica un equivalente al 100% del salario mínimo mensual legal vigente. Siempre y cuando cumplan los aprendices con los requisitos exigidos y los criterios por los cuales fueron seleccionados.

Algunos requisitos para ser seleccionado como aprendiz SENA son:
1. Estar Matriculado en un programa de formación profesional objeto de contrato de aprendizaje
2. Estar clasificado en estratos socioeconómicos 1 o 2.
3. No contar con contrato de aprendizaje, ni haberlo tenido en un programa de aprendizaje anterior.
4. Haber culminado el primer trimestre de formación con buen rendimiento académico
5. No haber sido sancionado con condicionamiento de matricula por faltas académicas o disciplinarias
6. No tener ningún vínculo laboral.

Algunas causales de suspensión son:
1. Cuando seas beneficiado y solicites aplazamiento o interrupción de tu formación, por un periodo hasta de tres meses, debidamente aprobados por el subdirector.
2. Cuando solicites traslado de una especialidad a otra, por una única vez. Este traslado debe estar aceptado y registrado en el sistema de información.
3. Cuando a la finalización de tu etapa lectiva, te demores entre 5 y 30 días hábiles, sin iniciar etapa practica.

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